Ayudas en ARI (Áreas de Rehabilitación Integral)


Las ARI son figuras de gestión convenidas entre la Administración Central y la autonómica y creadas  para  promover la recuperación de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales, mediante la intervención tanto en sus edificios como en sus espacios públicos.

 

El programa consta de subvenciones y préstamos para financiar dichas actuaciones. Cualquier propietario de vivienda situada en una zona declarada ARI puede solicitar una subvención para la rehabilitación de viviendas y edificios que puede cubrir hasta el 40% del presupuesto hasta un máximo de 5.000 €. Si la zona es ARI de centro histórico o municipal rural, la subvención puede alcanzar el 50% del presupuesto hasta un límite de 6.600 €.

También puede solicitarse un préstamo por el importe parcial o total de la rehabilitación. El plazo de amortización es de 15 años como máximo con hasta 3 años de carencia, siendo el tipo de interés Euribor a 12 meses más un diferencial (que oscila entre el 0,25% y el 1,25%).

 

Para poder acceder a la subvención y/o al préstamo, la vivienda o edificio debe encontrarse en un área declarada ARI por la Comunidad Autónoma competente y tener una antigüedad de, al menos 10 años.

Las viviendas que obtengan ayudas deben destinarse a domicilio habitual y permanente de su propietario, o al arrendamiento al menos durante 5 años.

Pueden acceder a las ayudas los propietarios de viviendas, los inquilinos autorizados por el propietario o la comunidad de propietarios para actuaciones en elementos comunes. En el caso de rehabilitación de viviendas, los ingresos máximos familiares para acceder a las ayudas no podrán superar las 6,5 veces el IPREM. Si se trata de rehabilitación de edificios no se exige este límite.

 

Para obtener más información, puedes acceder a la web del Ministerio de Fomento (www.fomento.es) y de la Consejería correspondiente de tu Comunidad Autónoma.



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